Micelio

Artículo 6

Ley 27 de 1888 · que reforma el Código de comercio

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 6.º Se prohíbe la fundación de Sociedades anónimas contrarias a las buenas costumbres, al orden público y a las prescripciones legales; así como aquellas que no versen sobre un objeto real y de lícita negociación, o que tiendan al monopolio de las subsistencias o de algún ramo de industria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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