°. La Comisión de Coordinación Interinstitucional para el Control de Lavado de Activos, fijará los parámetros operativos de funcionamiento de la Unidad Especial de Información y Análisis para el Control del Lavado de Activos. Con todo, deberá conformarse una Comisión Operativa contra el Lavado de Activos, encargada de apoyar, coordinar y supervisor el ejercicio de las funciones a cargo de la Unidad, dentro de los parámetros establecidos para la Comisión de Coordinación Interinstitucional para el Control de Lavado de Activos.
La Comisión Operativa contra el Lavado de Activos estará integrada por Los Viceministros de Justicia y Técnico de Hacienda y Crédito Público, quienes la presidirán, los Jefes de las Unidades Especializadas o asimiladas o de las áreas encargadas de velar por el cumplimiento de los mecanismos de control del lavado de activos que existan en las Superintendencias Bancaria, de Valores, de Sociedades y de Salud, en el INCOMEX y por el Jefe de la Unidad Nacional de Fiscalías para la Extinción del Derecho de Dominio y contra el Lavado de Activos de la Fiscalía General de la Nación.