Desistimiento de la manifestación de inconformidad. Para los casos en los cuales la parte interesada desista de la manifestación de inconformidad y/o recurso de reposición en subsidio de apelación, las Juntas de Calificación de Invalidez deberán reintegrar el 100% de los honorarios reconocidos por parte de Colpensiones como Administradora del Componente de Prima Media por el mecanismo que el Gobierno nacional determine o de las Administradoras de Riesgos Laborales, dentro de los 30 días calendario siguientes a la comunicación del desistimiento.
Decreto 514 de 2025 →Vigente
Artículo 2.2.4.13.16
Desistimiento De La Manifestación De Inconformidad
Decreto 514 de 2025 · por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.