Micelio

Artículo 5

Ley 11 de 1990 · por la cual se revisa la organización administrativa de la Superintendencia de Sociedades.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la Oficina de Sistemas:

a)

Formular las políticas, coordinar y dirigir los programas necesarios para que la Superintendencia de Sociedades obtenga los beneficios técnicos y económicos del uso de la informática, de la sistematización y del procesamiento electrónico de la información;

b)

Coordinar y ejecutar los planes y proyectos referentes a la informática, sistematización y procesamiento de datos;

c)

Las demás que le señale el Superintendente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 11 de 1990