Micelio

Artículo 2.5.5.3.2.3

Venta A Través De Subasta Pública

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Venta a través de subasta pública. En la página web del Administrador del Frisco, o el promotor, según fuere el caso, se publicará un aviso que contenga el lugar, fecha y hora en la que se llevará a cabo la audiencia en la que se realizará la subasta, la identificación de los bienes objeto de venta, las variables usadas para fijar el precio mínimo de venta establecidas en el artículo 2.5.5.3.1.6 de la sección 1 del Capítulo 3 del presente título y las condiciones básicas para acceder a la misma.

Entre la publicación del aviso y la celebración de la audiencia para la subasta pública, no deberán transcurrir menos de quince (15) días calendario.

La subasta podrá realizarse mediante una de las siguientes modalidades:

a)

Subasta electrónica, caso en el cual la misma tendrá lugar en línea a través del uso de recursos tecnológicos;

b)

Subasta presencial, caso en el cual los lances de presentación de las propuestas se harán con la presencia física de los proponentes y por escrito.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1068 de 2015