Micelio

Artículo 5

Ley 115 de 1959 · Por la cual se fomenta la educación cooperativa y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créanse tres (3) becas por cada Departamento, Intendencia y Comisaria, por un valor mínimo de cien pesos ($100.00) mensuales, cada una, para capacitar personal dirigente y administrativo de Cooperativas, en los institutos que funde la "Sociedad de Amigos de la Cooperación"; o en establecimientos oficiales o particulares que tengan organizados cursos sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 115 de 1959