Artículo sexto. Adscríbense al Dispensario Dermatológico de la Región Cuarta Oriental del Sur de Bogotá las funciones del Jefe de Laboratorio del Instituto de Investigación Científica "Federico Lleras Acosta"
El Laboratorio del Instituto de Investigación Científica "Federico Lleras Acosta" será trasladado al Dispensario Dermatológico de la Región Cuarta Oriental del Sur de Bogotá, y las funciones del Ayudante del Dispensario serán las mismas del Ayudante de Laboratorio, que se suprime en el presente Decreto