Las siguientes anotaciones electrónicas se realizarán a través de la plataforma dispuesta en la página web del RUES: - Inscripción de las entidades operadoras de libranza o de descuento directo y de las entidades administradoras de créditos de libranza que no tengan la calidad de entidades operadoras de créditos de libranza u originador que se les haya otorgado el Código Único de Reconocimiento a nivel nacional. 100/141 INSTRUCCIONES A LAS CÁMARAS DE COMERCIO - Renovación anual del registro. - Actualización para modificar la información de los operadores de libranza o de descuento directo y de las entidades administradoras de créditos de libranza que no tengan la calidad de entidades operadoras de créditos de libranza u originador que se les haya otorgado el Código Único de Reconocimiento a nivel nacional. - Cancelación de los registros de los operadores de libranza o descuento directo que no cumplan con los requisitos en la normativa aplicable. - Registro de las operaciones de compra, venta y de cualquier negocio jurídico de transferencia o gravámenes que se efectúen respecto de los derechos patrimoniales de contenido crediticio derivados de operaciones de libranza. - Sanciones en firme impuestas por las Superintendencias que tengan relación con las operaciones de libranza o descuento directo, sus administradores o revisores fiscales. - Las demás anotaciones electrónicas que exija la ley. Para hacer las diferentes anotaciones electrónicas, el operador de libranza o descuento directo deberá diligenciar el respectivo formulario electrónico, adjuntar los documentos legalmente requeridos y pagar los derechos correspondientes, previamente liquidados por la cámara de comercio. Normas concordantes: Artículo 2, literal C de la Ley 1527 de 2012, modificado por el artículo 2 de la Ley 1902 de 2018. Artículos 2.2.2.49.1.4., 2.2.2.49.2.2., 2.2.2.49.2.7 del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 1008 de 2020.
Artículo 1.11.3.1
Circular 100-000002 de 2022 · por la cual es necesario establecer instrucciones que fijen criterios técnicos y jurídicos que guíen, pr
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.