Para dar cumplimiento a la presente Ley, se incluirá la cantidad de trescientos mil pesos ($ 300.000.00) en el Presupuesto de Gastos de cada vigencia, con imputación al Ministerio de Educación Nacional, durante tres (3) años consecutivos, que comenzarán a contarse desde el 1° de enero de 1962.
Ley 168 de 1961 →Vigente
Artículo 3
Ley 168 de 1961 · por la cual se decreta un auxilio a favor de la institución educacional "Antonio Ramírez T."
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.