Son funciones de la Oficina de Asuntos Territoriales las siguientes:
Asesorar al Ministro en la preparación de los estudios y las políticas relacionadas con las entidades territoriales y velar por su debida aplicación;
Asesorar y apoyar al Ministro en la formulación, coordinación y evaluación de las políticas públicas en materia de descentralización y desconcentración administrativa y hacer el seguimiento sobre la aplicación de las políticas y normas sobre la materia;
Coordinar y disponer lo necesario para preparar directamente de ser el caso, los estudios y proyectos que se refieran a otros ministerios, departamentos administrativos, entidades descentralizadas y entidades territoriales en relación con la descentralización;
Asesorar y apoyar al Ministro en la dirección y evaluación de las actividades de los gobernadores y en la tarea de velar por el debido funcionamiento del gobierno y de la administración de las entidades territoriales;
Prestar asistencia a los Departamentos para la buena marcha del Gobierno y de la administración seccional;
Presentar informes en relación con las iniciativas recibidas de los Gobernadores, Alcaldes, Corporaciones públicas de elección popular o demás entidades públicas o privadas de interés social.