Micelio

Artículo 5

Ley 8 de 1983 · Por la cual la Nación rinde honores al Libertador Simón Bolívar y a los héroes de la Magna Epopeya de la Campaña Libertadora de 1819, en su centésimo sexagésimo aniversario, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Además de las iniciativas de las Juntas, éstas deberán:

a)

Reconstruir periódicamente la marcha de los Libertadores y la Batalla del "Pantano de Vargas".

b)

Institucionalizar el concurso nacional de bandas de música en el Municipio de Paipa.

c)

Promocionar en los otros Municipios y localidades, eventos artísticos, deportivos, concursos históricos, en homenaje a los Libertadores.

d)

Realizar Congresos Internacionales y promover la publicación de los ideales de integración latinoamericana y pensamiento y obra de Simón Bolívar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 8 de 1983