Micelio

Artículo 7

º Las Pensiones Especiales Establecidas En Este Decreto Se Asimilarán Y Sustituirán A La Pensión Vitalicia De Jubilación Y Se Liquidarán Con Base En El Salario Promedio Devengado En Los Últimos Seis (6) Meses De Servicios

Decreto 1590 de 1989 · Por el cual se establece un régimen de pensiones e indemnizaciones para la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia en Liquidación

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las pensiones especiales establecidas en este Decreto se asimilarán y sustituirán a la pensión vitalicia de jubilación y se liquidarán con base en el salario promedio devengado en los últimos seis (6) meses de servicios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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