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Artículo 15

Decreto 1298 de 1962 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Superintendencia Nacional de Notariado y Registro

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Superintendente Nacional de Notariado y Registro:

a)

. Representar legalmente a la Superintendencia y tomar las medidas necesarias para el cumplimiento de los fines de ella;

b)

. Delegar esa representación de acuerdo con la ley y los reglamentos;

c)

. Ejecutar los acuerdos del Consejo Directivo;

d)

. Presentar al Consejo los proyectos de acuerdo, para la buena marcha de la entidad;

e)

. Proveer los cargos de la Superintendencia con aprobación del Consejo;

f)

. Celebrar los contratos a nombre de la Superintendencia con las limitaciones antes dichas;

g)

. Presentar al Consejo Directivo el proyecto de acuerdo, relacionado con el presupuesto anual de la institución;

h)

. Preparar los proyectos de ley, de decretos o de reglamentos, relacionados con el notariado y registro;

i)

. Dictar las normas, órdenes e instrucciones necesarias para el buen funcionamiento de la Superintendencia, dentro de la ley y de los reglamentos;

j)

. Adquirir para la Superintendencia los bienes, muebles o inmuebles que determine el Consejo Directivo, la ley o los reglamentos;

k)

. Hacer cumplir los programas de inversiones y adquisiciones para el correcto funcionamiento de la entidad, de las Notarias y de las Oficinas de Registro del país;

l)

. Ejercer por medio de sus subalternos la vigilancia y control de las Notarias y Oficinas de Registro, procurar la fundación de cursos y bibliotecas para el mejoramiento del personal vinculado al servicio publico, preparar los proyectos de reforma de las leyes sobre la materia, absolver las consultas que se formulen a la Superintendencia, propender por el mejoramiento y moralización del personal de las Notarias y Oficinas de Registro, intervenir para que las oficinas donde se prestan los servicios estén debidamente dotadas y en condiciones de seguridad, velar por la conservación de los archivos, orientar la formación y el funcionamiento de los Colegios de Notarios y Registradores, controlar el ejercicio arancelario, ejecutar el presupuesto, organizar el recaudo de las sumas que por cualquier concepto deban ingresar al tesoro de la Superintendencia, exonerar de contribuciones a las Oficinas de Registro que produzcan menos de $2.000.00 mensuales, brutos, subsidiar equitativamente a las oficinas del servicio, aprobar las nóminas del personal subalterno y sus asignaciones respectivas,

m)

. Aplicar las sanciones disciplinarias a los funcionarios de Notariado y de Registro, en los términos de la Ley;

n)

. Resolver los recursos y solicitudes formuladas ante el propio Superintendente;

ñ). Disponer la tramitación de los recursos de apelación que deban surtirse ante el Consejo Directivo;

o)

. Realizar inversiones estadísticas sobre las necesidades del servicio;

p)

. Nombrar el personal de la Superintendencia;

q)

. Recibir los informes anuales de los Jefes de Sección.

Financiación y destinación

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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