Micelio

Artículo 17

Decreto 4482 de 2006 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de parte de las acciones que la Nación posee en Isagén S. A., ESP.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comunicación de la Adjudicación. En todas las etapas del Programa de Enajenación, la adjudicación de las acciones será comunicada a cada uno de los Adjudicatarios mediante comunicación escrita a través de correo certificado o en su defecto vía fax, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de adjudicación. La Adjudicación también será dada a conocer al público, mediante la página web de Isagén y a través de la línea de atención al inversionista al día siguiente de la fecha de adjudicación.

Parágrafo

Para todos los efectos legales, las Acciones serán transferidas a sus compradores una vez estas hayan sido adjudicadas, en los plazos y según el procedimiento que determine el Reglamento de Enajenación y Adjudicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4482 de 2006