De La Lei De 26 De Abril De 1871, El Interesado Presentará, Con Los Documentos De Crédito Que Espidiera La Tesorería Jeneral De La Confederacion Granadina, Todos Los Comprobantes Que Sean Necesarios Para Justificar La Autenticidad De Los Contratos I La Consignacion Del Valor Del Empréstito En La Oficina Respectiva
Decreto 18710615 de 1871 · en ejecución de la lei de 26 de abril de 1871, adicional a la de Crédito nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 12. Para la conversion de los créditos sin prenda de que habla el
Parágrafo
del artículo 8.° de la lei de 26 de abril de 1871, el interesado presentará, con los documentos de crédito que espidiera la Tesorería jeneral de la Confederacion Granadina, todos los comprobantes que sean necesarios para justificar la autenticidad de los contratos i la consignacion del valor del empréstito en la Oficina respectiva.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.