Micelio

Artículo 1

El Artículo 21 De Los Estatutos Del Fondo Quedará Así: "artículo 21

Decreto 2644 de 1980 · Por el cual se aprueba la reforma de los estatutos del Fondo de Promoción de Exportaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El artículo 21 de los estatutos del Fondo quedará así: "Artículo 21. La Junta Directiva del Fondo estará compuesta por los siguientes miembros

a)

El Ministro de Desarrollo Económico o el Viceministro del ramo;

b)

El Ministro de Relaciones Exteriores o el Subsecretario de Asuntos Económicos de la Cancillería;

c)

El Ministro de Agricultura o el Viceministro del ramo;

d)

El Director del Incomex;

e)

El Gerente del Banco de la República;

f)

Tres miembros del sector privado de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2644 de 1980