Artículo segundo. Los acuerdos internos de obligaciones serán adoptados periódicamente por la junta o el consejo directivo, respectivamente. En ellos se incluirán tanto los programas como el monto de las obligaciones que puedan contraerse dentro del período correspondiente.
Decreto 369 de 1975 →Vigente
Artículo 2
Decreto 369 de 1975 · Por el cual se reglamenta el artículo 24 del decreto 294 de 1973
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.