A partir de la promulgación de la presente ley conforme a lo establecido en los artículos 288, 334, 339 y 341 de la Constitución Política, las competencias establecidas en la Ley 715 de 2001 y sus Decretos Reglamentarios y la Ley 819 de 2002, autorícese al Gobierno Nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación las apropiaciones presupuestales necesarias, que a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, permitan ejecutar y entregar al servicio de la comunidad San Jeronimeña las siguientes obras de infraestructura de interés público:
Ampliación y mejoramiento de la Casa de la Cultura “Gustavo Vásquez”.
Ampliación, dotación y mejoramiento del Hospital “San Luis Beltrán”.
Mejoramiento de 400 viviendas en el área urbana y rural del Municipio de San Jerónimo.
Terminación de la Unidad Deportiva San Jerónimo.
Mejoramiento de las vías terciarias municipales y construcción de placas huellas.