Micelio

Artículo 743

Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si hubiere varias personas que constituyan una sola partes, sea demandante o demandada, todas ellas obrarán de consuno para provocar la prestación del juramento decisorio, y designarán una que lo preste por todas, llegado el caso, pero cada persona de las que componen la parte a quien se provoca con el juramento decisorio, puede prestarlo, por lo que a ella respecta, o aceptar que lo preste la contraria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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