Micelio

Artículo 15

Decreto 2806 de 2000 · por el cual se dictan algunas disposiciones sobre el manejo de recursos públicos y la aplicabilidad del Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF-

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los órganos encargados de generar la información sobre los ingresos de la Nación deberán reconocer y clasificar los recaudos por cada uno de los conceptos que los originen, de conformidad con las normas presupuestales y contables vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2806 de 2000