Micelio

Artículo 3

Ley 30 de 1978 · por la cual se adoptan un plan y un programa de fomento a empresas útiles y benéficas de desarrollo regional, se decreta un gasto y se dictan normas relacionadas con el control y vigilancia de las correspondientes apropiaciones presupuestales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En desarrollo de lo dispuesto en el artículo anterior, apruébanse los siguientes objetivos: dotar de recursos financieros, tanto para gastos de funcionamiento como para gastos de inversión, a las entidades citadas en el artículo 2o, y descentralizar la programación y elaboración de sus proyectos de menor cuantía.

Así mismo, apruébanse los siguientes instrumentos:

a)

Realización de un gasto público anual con destino a proyectos específicos de las entidades contempladas en la Ley 25 de 1977 ;

b)

Reparto de las apropiaciones respectivas conforme a los pliegos que entreguen, antes del 1o de septiembre de cada año, las Comisiones IV Constitucionales Permanentes;

c)

Encargo a los congresistas de identificar dentro de la circunscripción electoral por la que fueron elegidos, las entidades y los proyectos merecedores de la ayuda financiera de la Nación, conforme a los objetivos señalados en la presente Ley. Sin embargo, los congresistas podrán identificar entidades con domicilio fuera de su circunscripción si éstas realizan actividades benéficas para todo el país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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