Tanto la Caja de Vivienda Militar como las operaciones que celebre o ejecute estarán exentas de impuestos notariales, de registro, de timbre y sobre la renta, y de toda clase de contribuciones nacionales, departamentales o municipales presentes o futuras. Gozará, además, de todas las ventajas que confiere la Ley a las instituciones de utilidad social.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.