Normativa aplicable a la actividad de importación, exportación, transporte y producción de biocombustibles. Para ejercer las actividades de importación, exportación, transporte y producción de biocombustibles, el interesado deberá obtener la autorización de la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, según la regulación que para tales efectos este expida. Las actividades de exportación de biocombustibles deberán considerar y supeditarse a la prioridad que tiene el abastecimiento de la demanda interna.
Decreto 1073 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.1.1.2.2.3.121
Normativa Aplicable A La Actividad De Importación, Exportación, Transporte Y Producción De Biocombustibles
Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.