La Sección de Equipos y Servicios tendrá las siguientesfunciones: a) Coordinar la administración de redes, equipos y servicios al usuario, dentro de las normas establecidas para garantizar la eficaz prestación de servicios técnicos y de apoyo; b) Coordinar el establecimiento de planes de contingencia para salvaguardar la integridad de equipos e información; c) Verificar el crecimiento de la red y equipos, de acuerdo con las cargas de trabajo, para determinar las políticas de actualización y adquisición de equipos y software; d) Colaborar en el establecimiento de estrategias de capacitación de funcionarios de la entidad; e) Colaborar con la División de Sistemas en el establecimiento de estrategias orientadas a garantizar el mejoramiento continuo en lo referentes a redes y equipos, así como la atención a los usuarios; f) Coordinar el funcionamiento de los grupos que conforman la Sección; g) Coordinar el establecimiento de normas técnicas para la administración, operación y producción eficiente de los equipos de procesamiento y redes; h) Emitir conceptos técnicos relacionados con la adquisición de equipos y elementos de computación y comunicación; i) Participar en la elaboración de los contratos de mantenimientos de los equipos de propiedad de la entidad y coordinar la supervisión y el servicio de mantenimiento previsto en dichos contratos; j) Planear, programar y controlar el suministro oportuno de los elementos necesarios para el normal funcionamiento de los equipos de computación de la división. Vigente desde: 28/07/1995 y hasta el: 21/02/2000
Ley 201 de 1995 →Derogado
Artículo 48
Derogado
Ley 201 de 1995 · Por la cual se establece la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y se dictan otras disposicionesVigente Parcial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.