º. Remuneración de los docentes de cátedra . A partir del 1º de enero de 2025 los docentes de cátedra vinculados a las instituciones a que se refiere el presente decreto tendrán la siguiente remuneración por cada hora de clase dictada:
Decreto 598 de 2025 →Vigente
Artículo 9
Remuneración De Los Docentes De Cátedra
Decreto 598 de 2025 · por el cual se establece el régimen salarial y prestacional para el personal de empleados públicos docentes de los Colegios Mayores, Instituciones Tecnológicas, Instituciones Universitarias o Escuelas Tecnológicas e Instituciones Técnicas Profesionales del Orden Nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.