Micelio

Artículo 264

Transparencia De La Democracia

Ley 1753 de 2015 · por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

El Gobierno Nacional procurará los recursos necesarios para garantizar la transparencia en la democracia de la que son responsables los partidos políticos.

De conformidad con el artículo 265 de la Constitución Política, el Consejo Nacional Electoral, de manera exclusiva y excluyente, tendrá la inspección y vigilancia de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y grupos significativos de ciudadanos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1753 de 2015