Micelio

Artículo 103

Sin Perjuicio De Lo Dispuesto En Los Artículos Anteriores, El Régimen De Disciplina Interna De Cada Oficina Judicial O Del Ministerio Público Estará A Cargo Del Respectivo Superior Quien Para Mantenerla Podrá Imponer De Plano A Los Empleados Multa Hasta Por Cinco Días De Salario Mensual Y Suspensión Sin Remuneración Hasta Por Seis Días

Decreto 250 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto de la Carrera Judicial y del Ministerio Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, el régimen de disciplina interna de cada oficina judicial o del Ministerio Público estará a cargo del respectivo superior quien para mantenerla podrá imponer de plano a los empleados multa hasta por cinco días de salario mensual y suspensión sin remuneración hasta por seis días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 250 de 1970