Modalidades de inversión extranjera. Las inversiones extranjeras en Zona Franca Industrial, podrán revestir las siguientes formas
Aportes en maquinaria y equipo;
Aportes en materias primas y bienes intermedios;
Aportes en divisas;
Aportes en servicios técnicos y activos intangibles, cuando éstos se efectúen en empresas de capital extranjero en su totalidad;
Reinversiones provenientes de utilidades, intereses, amortización de préstamos y de capital;
La capitalización en Zona Franca de utilidades generadas y distribuidas por empresas de capital extranjero establecidas en el resto del territorio nacional, que superen los límites de transferencia al exterior, de conformidad con lo señalado en el artículo 8º de la Resolución número 49 de 1991 expedida por el Conpes, y en las normas que la complementen, modifiquen o reformen.