El Auditor General tendrá las siguientes atribuciones
Conceptuar' sobre los proyectos de reglamentos de contabilidad y auditoría que se sometan a la consideración del Consejo Directivo;
Conceptuar sobre las inversiones de las Cajas y del Instituto, a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones de seguridad, liquidabilidad y rentabilidad que deben llenar, así como determinar si se sujetan a los planes aprobados, por el Instituto y a los presupuestos de ingresos y egresos y de inversiones del Instituto y de las Cajas;
Realizar el control previo de aquellas operaciones del Instituto que deban someterse a tal requisito, de acuerdo con el reglamento de auditoria;
Efectuar la inspección, vigilancia y fiscalización, en forma continua, de todas las actividades económicas u operaciones de los organismos a que se refiere el artículo anterior, en los términos que indiquen los reglamentos de contabilidad y auditoría;
Examinar y comprobar los balances generales y los correspondientes estados de ingresos y egresos del Instituto y de las Cajas Seccionales, y presentar el correspondiente informe al Consejo Directivo del Instituto;
Resolver las consultas sobre asuntos de su competencia que le sean formuladas por el Consejo Directivo, el Gerente o por los Jefes de Departamento. g) 'Rendir los informes que les sean solicitados por del Consejo Directivo, el Gerente General y la Superintendencia Bancaria, y h) Cumplir1 las demás obligaciones que restablezcan los reglamentos aprobados por el Instituto.