º . Fechas de expedición de Títulos de Tesorería TES - Ley 546 . Las fechas de expedición de los Títulos de Tesorería TES - Ley 546 serán las siguientes: 28 de mayo de 2001 28 de junio de 2001 28 de julio de 2001 28 de agosto de 2001 28 de septiembre de 2001 28 de octubre de 2001 28 de noviembre de 2001 28 de enero de 2002 28 de febrero de 2002
Para la expedición de los Títulos de Tesorería TES - Ley 546 en las fechas establecidas en el presente artículo, se aplicará el procedimiento previsto por el artículo 3º del Decreto 249 de 2000. En todo caso, el procedimiento contemplado en el numeral 1 del citado artículo incluirá, además, la remisión de las cuentas de cobro derivadas de la renuncia por parte del deudor al abono sobre otros créditos, de que trata el artículo 1º numeral 4 del presente decreto.