ARTICULO 2o . Del Objeto Institucional. La Promotora de Vacaciones y Recreación Social, PROSOCIAL, tendrá por objeto principal formular programas, promocionar, fomentar y financiar servicios de recreación y turismo social destinados a proporcionar bienestar social a los servidores públicos aportantes y sus familias, así como a los pensionados del Sector Público, como una necesidad para la salud integral de quien trabaja y produce.
Decreto 2146 de 1992 →Vigente
Artículo 2
O
Decreto 2146 de 1992 · por el cual se reestructura la Promotora de Vacaciones y Recreación Social, PROSOCIAL.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.