ARTICULO 42 . Son funciones de la Subdirección Técnica
Planear, dirigir, supervisar y evaluar las actividades técnicas en las áreas de valoración aduanera, clasificación arancelaria y laboratorio químico;
Velar por el establecimiento y actualización de un sistema de apoyo técnico a los funcionarios de la Dirección General de Aduanas para el desempeño de las funciones de clasificación, valoración y análisis de mercancías;
Coordinar la asistencia técnica para la correcta determinación del precio de mercancías aprehendidas, declaradas de contrabando, decomisadas o declaradas en abandono a favor de la Nación, que han sido ingresadas al Fondo Rotatorio de Aduanas;
Resolver, en lo de su competencia, las peticiones y recursos relacionados con la aplicación de las normas técnicas de valoración y clasificación arancelaria:
Elaborar el Plan de Actividades de la Subdirección para la aprobación del Subdirector General de Aduanas.