Micelio

Artículo 1

Decreto 321 de 1878 · En ejecución de la lei 57 de 1° de junio de 1878, que determina el modo de pagar los créditos de estranjeros por suministros, empréstitos i espropiaciones en la guerra civil de 1876 a 1877

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Las reclamaciones de estranjeros por suministros, empréstitos i espropiaciones procedentes de la guerra de 1876 a 1877, o por daños que en ella se les causaran, que no hayan sido decididas por el Poder Judicial, de conformidad con la lei 67 de 1877, se resolverán administrativamente por el órgano de la Secretaría de lo Interior i Relaciones Esteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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