Micelio

Artículo 2.3.2.5.3.1

Implementación

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Implementación.La implementación de esta política pública estará a cargo del Ministerio del Interior, en concurrencia con las entidades que forman parte del SINGESCO y las entidades territoriales.

La política pública será difundida, implementada y ejecutada mediante el Plan de Acción y Seguimiento (PAS) con una vigencia de doce (12) años, periodo que obedece a los tiempos requeridos para el fortalecimiento institucional, la construcción de marcos normativos y metodológicos, y la articulación intersectorial que demandan procesos de maduración superiores a un periodo presidencial.

Parágrafo

El Plan de Acción y Seguimiento (PAS) podrá ser ajustado y actualizado mediante resolución del Ministerio del Interior, debidamente motivada, previa concertación con las entidades responsables y con participación de organizaciones sociales y territoriales, sin que dichos ajustes impliquen modificar el objeto ni los objetivos generales y específicos definidos en este decreto.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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