Micelio

Artículo 4

Ley 55 de 1923 · que provee a la celebración del cuarto centenario de la fundación de Santa Marta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El aumento que se establezca en virtud de la autorización concedida en el artículo anterior, será cobrado, respecto de los propietarios de fincas de banano, por las compañías o empresas exportadoras, las cuales lo deducirán mensualmente de los pagos que hagan a dichos propietarios por razón del precio de la fruta, y en la misma forma deducirán o pagarán las mencionadas empresas o compañías lo que a ellas corresponda por razón de dicho aumento.

Las sumas que se recauden por el aumento del impuesto predial serán entregadas, según la distribución que haga la Asamblea del Magdalena y por el término que la misma establezca, a Juntas especiales que nombrará la Gobernación para el manejo e inversión de los fondos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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