Micelio

Artículo 8

Las Papeletas Que Han De Usarse En El Plebiscito Llevarán, A Manera De Título, La Siguiente Leyenda: "voto Sobre La Reforma Constitucional Propuesta Por El Gobierno Nacional En Los Decretos 0247 (Octubre 4) Y 0251 (Octubre 9) De 1957"

Decreto 252 de 1957 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre plebiscito nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las papeletas que han de usarse en el plebiscito llevarán, a manera de título, la siguiente leyenda: "Voto sobre la reforma constitucional propuesta por el Gobierno Nacional en los Decretos 0247 (octubre 4) y 0251 (octubre 9) de 1957" . El ciudadano en la misma papeleta dirá "Si" o "No", como aprobación o negativa, respectivamente, al texto indivisible de la reforma.

Parágrafo

Los votos que se aparten de esta norma se considerarán votos en blanco, y como tales serán computados por los encargados de las mesas de votación y por los escrutadores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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