Micelio

Artículo 43

Decreto 1815 de 1992 · por el cual seadopta el Estatuto deTransporte Público Terrestre Automotorde Carga y se derogan los Decretos 1452 de 1987 y 1906 de 1988.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 43 . La suspensión de la tarjeta de operación a los propietarios o poseedores de vehículos procederá

a)

Por la imposibilidad de prestar el vehículo el servicio público de transporte, sea por destrucción, inadecuado mantenimiento, grave deterioro o no cumplir con las especificaciones técnicas exigidas por las normas correspondientes. Esta sanción tendrá vigencia hasta que demuestre ante el Instituto Nacional de Transporte y Tránsito que el vehículo está apto para la prestación del servicio;

b)

Por contratar el acarreo de bienes con personas diferentes a transportadores autorizados;

c)

Por no portar la tarjeta de operación durante el acarreo de bienes, en más de dos (2) ocasiones;

d)

Por operar el vehículo estando vencida la tarjeta de operación;

e)

Por contratar directamente el transporte de productos y especies no contemplados en el Decreto 2044 de 1988 y normas que lo modifiquen o sustituyan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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