El perito tomara posesión antes de la diligencia de inspección ocular, o en ella, para lo cual prometerá ante el funcionario, bajo juramento, desempeñar el cargo según su propio conocimiento, ser imparcial con las partes y leal con la justicia que exige el concurso de sus luces y experiencias.
Decreto 291 de 1957 →Vigente
Artículo 10
El Perito Tomara Posesión Antes De La Diligencia De Inspección Ocular, O En Ella, Para Lo Cual Prometerá Ante El Funcionario, Bajo Juramento, Desempeñar El Cargo Según Su Propio Conocimiento, Ser Imparcial Con Las Partes Y Leal Con La Justicia Que Exige El Concurso De Sus Luces Y Experiencias
Decreto 291 de 1957 · Junta militar de gobierno- por el cual se dictan normas procedimentales sobre problemas relativos a predios rurales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.