Colaboración de autoridades municipales . En desarrollo de lo establecido en el artículo 29 de la Ley 142 de 1994, el Alcalde y otras autoridades del Distrito deberán prestar su colaboración para la guarda de los bienes de la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Marta, Telesantamarta S.A., ESP en liquidación, conforme a las solicitudes que en tal sentido les eleve el Liquidador. En particular, realizarán, en la oportunidad solicitada por el Liquidador, el arqueo y conservación del efectivo que estuviera en poder de las oficinas recaudadoras de la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Marta, Telesantamarta S.A., ESP en liquidación, y la conservación de los archivos de tales oficinas.
Decreto 1773 de 2004 →Vigente
Artículo 40
Colaboración De Autoridades Municipales
Decreto 1773 de 2004 · por el cual se suprime la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Marta, Telesantamarta S. A. ESP y se ordena su disolución y liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.