Micelio

Artículo 2

Los Inmuebles Adquiridos En Virtud De Lo Dispuesto En Ti Artículo Anterior, Serán Administrados Por La Junta Directiva Del Museo Y Centro "jorge Eliécer Gaitán', Creados Por El Artículo 4° Del Decreto 1948 De 1966

Decreto 87 de 1976 · Por el cual se integran el Museo Jorge Eliécer Gaitán y el Centro Jorge Eliécer Gaitán y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los inmuebles adquiridos en virtud de lo dispuesto en ti artículo anterior, serán administrados por la Junta Directiva del Museo y Centro "Jorge Eliécer Gaitán', creados por el artículo 4° del Decreto 1948 de 1966.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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