°. A partir del 1° de enero de 2014, la asignación básica mensual de los empleos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses quedará así: GRADO ASIGNACIÓN BÁSICA GRADO ASIGNACIÓN BÁSICA GRADO ASIGNACIÓN BÁSICA 1 1.032.784 10 3.057.318 19 5.203.617 2 1.111.752 11 3.232.316 20 5.455.820 3 1.183.810 12 3.397.020 21 5.744.052 4 1.451.454 13 3.613.194 22 5.970.520 5 1.863.214 14 3.777.898 23 6.176.400 6 2.254.386 15 4.086.718 24 6.433.750 7 2.439.678 16 4.374.950 25 6.639.630 8 2.727.910 17 4.611.712 26 7.200.427 9 3.010.995 18 4.889.650 27 7.597.436
Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.
Los servidores del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses vinculados en los empleos de Asistente Forense, Asistente y Conductor que por efecto de ajuste de la planta de personal del Instituto cambiaron de empleo a 31 de julio de 2013, y a los cuales por efecto de la tabla de equivalencias y la escala de remuneración señaladas en el Decreto número 1975 de 2013 correspondía una asignación básica inferior a la que a dicha fecha venían percibiendo, continuarán percibiendo la asignación básica superior, mientras permanezcan en el nuevo empleo de acuerdo con la escala salarial establecida en el presente artículo. La diferencia de la asignación básica mensual se continuará reconociendo a título de prima individual de compensación, de carácter personal y la percibirá mientras permanezca en dicho empleo. La prima individual de compensación constituye factor salarial para todos los efectos.