Micelio

Artículo 3

Las Sociedades Anónimas Que No Estén Sometidas A La Vigilancia De La Superintendencia Bancaria, Solamente Podrán Quedar Exentas De Visitas De La Superintendencia De Sociedades Anónimas Cuando Tengan Una Mayoría De Accionistas Ligados Entre Sí Por Matrimonio O Parentesco Dentro Del Cuarto Grado Civil De Consanguinidad O Segundo De Afinidad Y Que Posean La Mayoría Del Capital Social, A Condición De Que Sus Acciones No Se Negocien En Mercados Públicos

Decreto 2831 de 1952 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre sociedades comerciales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las sociedades anónimas que no estén sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria, solamente podrán quedar exentas de visitas de la Superintendencia de Sociedades Anónimas cuando tengan una mayoría de accionistas ligados entre sí por matrimonio o parentesco dentro del cuarto grado civil de consanguinidad o segundo de afinidad y que posean la mayoría del capital social, a condición de que sus acciones no se negocien en mercados públicos. Esta exención, una vez declarada por la Superintendencia de Sociedades Anónimas, subsistirá mientras se mantengan tales circunstancias y las visitas no sean solicitadas por algún accionista o grupo de accionistas que represente no menos del diez por ciento (10%) del capital suscrito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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