Micelio

Artículo 2.2.3.11.1

Programas De Formación Y Capacitación Del Personal De Inteligencia Y Contrainteligencia

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Programas de Formación y Capacitación del Personal de Inteligencia y Contrainteligencia. Los organismos de inteligencia y contrainteligencia, en el marco de su naturaleza jurídica crearán, orientarán y/o implementarán programas académicos para formar, instruir, capacitar periódicamente a los servidores públicos que cumplan funciones relacionadas con las actividades de inteligencia y contrainteligencia, y expedirán los certificados de idoneidad y las constancias sobre el desarrollo y aprobación de dichos programas.

Parágrafo

Para asegurar la formación, instrucción, capacitación y adiestramiento de los servidores públicos, los organismos que integran la comunidad de inteligencia podrán apoyarse entre sí o con otras entidades del orden nacional o internacional.

(Decreto 857 de 2014 artículo 21)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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