Ciclo aplicable a proyectos de inversión definidos por entidades habilitadas. El Departamento Nacional de Planeación a más tardar el 31 de enero de cada año publicará el listado de las entidades habilitadas en aplicación del
transitorio del Artículo 361 de la Constitución Política en concordancia con el Artículo 4º del Decreto Ley 416 de 2018. Las fuentes de las Asignaciones Directas y el 40% del Fondo de Compensación Regional, a que hace referencia el Artículo 2º del Decreto Ley 416 de 2018 que tienen por objeto la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, atenderán el ciclo del proyecto de inversión conforme la homologación de que trata en el Artículo 205 de la Ley 2056 de 2020.