Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigentes: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 535 Carreteras Nacionales. Construcción, Reconstrucción y Pavimentación. 202. Del artículo 5419. Para la prolongación de la Avenida Caracas (Paseo de los Libertadores) $ 430.000 00 202. Del artículo 5436. Para la carretera Cúcuta-Catatumbo 200.000.00 CAPITULO 542 Edificios y Parques Nacionales. Conservación, Adiciones, Mejoras y Sostenimiento 003. Del artículo 5553. Para compra de material y demás elementos de carácter fungible con destino a la administración, aseo, vigilancia y otros, de los edificios de propiedad nacional o en servicio oficial, de fuera de la capital de la República, en el año $ 7.000.00 Suman los contracréditos $ 637.000.00 CAPITULO 533 Carreteras Nacionales. Estudios y Proyectos. 213. Al artículo 5379. Para sueldos y gastos de las Comisiones de Estudios y Proyectos de Carreteras Nacionales, en el año 200.000.00 CAPITULO 535 Carreteras Nacionales. Construcción, Reconstrucción y Pavimentación. 202. Al artículo 5446. Para la carretera Cartago-Nóvita 430.000.00 CAPITULO 541 Dirección General de Edificios Nacionales. Dirección. 003. Al artículo 5541. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores 4.000.000 CAPITULO 542 Edificios y Parques Nacionales. Conservación, Adiciones, Mejoras y Sostenimiento. 001. Al artículo 5558. Para el pago de jornales a obreros que se requieran para la administración, aseo, vigilancia y otros, de los edificios de propiedad nacional, o en servicio oficial, de fuera de la capital de la República, en el año 3.000.00 Suman los créditos $ 637.000.00
Decreto 2389 de 1957 →Vigente
Artículo 5419
Para La Prolongación De La Avenida Caracas (Paseo De Los Libertadores) $ 430
Decreto 2389 de 1957 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Obras Públicas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.