Micelio

Artículo 23

Son Funciones De La División De Promoción Y Desarrollo Las Siguientes: A) Apoyar Los Planes De Trabajo Y Prestar Asistencia Técnica A Las Dependencias De La Dirección Que Desarrollen Actividades En Las Entidades Territoriales; B) Desarrollar Los Planes Y Las Políticas Generales De Desarrollo Comunitario Fijados Por La Dirección; C) Coordinar Lo Relacionado Con La Formación, Capacitación Y Asesoría A Las Organizaciones Comunitarias; D) Realizar La Coordinación Interinstitucional Con Organismos Públicos Y Privados En La Ejecución De Programas Y Asignación De Recursos Tendientes Al Desarrollo De La Comunidad; E) Ejecutar Proyectos Demostrativos, Y Divulgar Los Resultados Y Experiencias Que De Ellos Se Obtengan; F) Brindar Asistencia Técnica A Instituciones Oficiales Y Organizaciones No Gubernamentales Sobre Desarrollo Comunitario; G) Servir De Apoyo A La Labor Que En Las Regiones Desarrollen Las Dependencias De La Dirección Y/O Las Entidades Territoriales; H) Promover La Cultura Hacia El Respeto, Fomento Y Apoyo A Las Minorías Raciales Y Étnicas; I) Las Demás Funciones Que Le Sean Asignadas De Acuerdo A La Naturaleza Del Área

Decreto 2035 de 1991 · por el cual se establece la estructura Interna del Ministerio de Gobierno, se determinan sus funciones y se dictan unas disposiciones complementarias al efecto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Promoción y Desarrollo las siguientes

a)

Apoyar los planes de trabajo y prestar asistencia técnica a las dependencias de la Dirección que desarrollen actividades en las entidades territoriales;

b)

Desarrollar los planes y las políticas generales de desarrollo comunitario fijados por la Dirección;

c)

Coordinar lo relacionado con la formación, capacitación y asesoría a las organizaciones comunitarias;

d)

Realizar la coordinación interinstitucional con organismos públicos y privados en la ejecución de programas y asignación de recursos tendientes al desarrollo de la comunidad;

e)

Ejecutar proyectos demostrativos, y divulgar los resultados y experiencias que de ellos se obtengan;

f)

Brindar asistencia técnica a instituciones oficiales y organizaciones no gubernamentales sobre desarrollo comunitario;

g)

Servir de apoyo a la labor que en las regiones desarrollen las dependencias de la Dirección y/o las entidades territoriales;

h)

Promover la cultura hacia el respeto, fomento y apoyo a las minorías raciales y étnicas;

i)

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del área. Sección Legal de Desarrollo Comunitario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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