º. Procedimiento . Para realizar modificaciones en la planta de cargos, docentes, directivos docentes y administrativa financiada con cargo al Sistema General de Participaciones la entidad territorial deberá realizar los siguientes pasos
Elaborar los estudios descritos a continuación de conformidad con la guía y los formatos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional para el efecto: Estudio técnico que contendrá los requerimientos de personal por establecimiento educativo y sede con base en la matrícula por nivel y los parámetros establecidos en el Decreto 3020 de 2002, teniendo en cuenta las características socioeconómicas de la región. Estudio financiero en el que se evidencie la disponibilidad de recursos de la participación para educación del Sistema General de Participaciones asignados mediante documento Conpes. Dicho estudio debe contener los costos de prestación del servicio educativo en su jurisdicción, en especial los costos asociados al personal docente, directivo docente y administrativo. Adicionalmente deberá anexar la certificación expedida por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio donde conste que las obligaciones por concepto de prestaciones de los docentes adscritos a su planta de personal están al día o en su defecto que los acuerdos de pago se están cumpliendo;
Remitir los estudios establecidos en el literal anterior al Ministerio de Educación Nacional, dentro de las fechas que para tal efecto este determine, para la verificación del cumplimiento de la normatividad vigente y la eficiencia en el uso de los recursos. Una vez realizado este análisis el Ministerio emitirá un concepto sobre el cumplimiento de los requisitos antes mencionados;
Con base en el concepto positivo emitido por el Ministerio de Educación Nacional, la entidad territorial procederá a expedir los actos administrativos de modificación, aludiendo dentro de los considerandos a dicho concepto.