Micelio

Artículo 2.4.3.5.1.1

Georreferenciación De Las Dinámicas Económicas Criminales

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Georreferenciación de las Dinámicas Económicas Criminales. La Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y el Ministerio de Defensa Nacional, en coordinación con el Ministerio del Interior, articulará, con las entidades competentes, el levantamiento de información, seguimiento y mapeo de las actividades económicas criminales en el país, relacionadas con el tráfico de armas pequeñas y ligeras, explotación ilícita de minerales y trata interna de personas. El mapeo favorecerá la gestión de riesgos derivados de las dinámicas delictivas mencionadas, para lo cual dará cuenta del contexto regional, departamental, municipal, urbano y rural en los que se desarrollan y establecerá los canales de comunicación con las autoridades judiciales y administrativas competentes para garantizar el acceso a la justicia de las personas, grupos y comunidades afectadas por las economías ilegales citadas.

Parágrafo

Los datos recabados por medio de la georreferenciación, servirán de insumo para los observatorios regionales y fortalecerán el sistema nacional de información para la prevención.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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