Micelio

Artículo 20

De La Ley 45 De 1923, Corresponde Al Superintendente Bancario Fijar El Número Y Las Asignaciones De Los Empleados Que Deben Trabajar En Sus Dependencias; Que El Número De Empleados De La Superintendencia Debe Ser Aprobado Por El Gobierno Nacional Al Tenor De Lo Dispuesto En El Artículo 20 De La Ley 45 De 1923 Y Del Decreto Extraordinario Número 56 De 1951, Enero 15, Decreta:

Decreto 430 de 1955 · Por el cual se aprueba el Decreto número 3 de 1955 de la Superintendencia Bancaria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Apruébase el Decreto número 3 de 20 de enero del año en curso, dictado por el Superintendente Bancario y cuyo texto es el siguiente: "DECRETO NUMERO 3 DE 1955 (ENERO 20) por el cual se fija el número de los cargos necesarios para el funcionamiento de la Superintendencia Bancaría. El Superintendente Bancario, en ejercicio de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el artículo 20 de la Ley 45 de 1923, corresponde al Superintendente Bancario fijar el número y las asignaciones de los empleados que deben trabajar en sus dependencias; Que el número de empleados de la Superintendencia debe ser aprobado por el Gobierno Nacional al tenor de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 45 de 1923 y del Decreto extraordinario número 56 de 1951, enero 15, DECRETA:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 430 de 1955