Los rendimientos de las inversiones financieras obtenidos con recursos del impuesto del 5% a las tarifas hoteleras, pasajes y otros podrán utilizarse para financiar gastos de funcionamiento de la Corporación Nacional de Turismo. Cuando esta entidad presente déficit en la cuenta corriente de su presupuesto, el faltante podrá financiarse con cargo a los rendimientos indicados anteriormente.
De estos rendimientos se debe presentar a la Dirección General del Presupuesto un informe bimestral de ejecución.