Micelio

Artículo 40

Ley 64 de 1989 · Sobre el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 1990

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los rendimientos de las inversiones financieras obtenidos con recursos del impuesto del 5% a las tarifas hoteleras, pasajes y otros podrán utilizarse para financiar gastos de funcionamiento de la Corporación Nacional de Turismo. Cuando esta entidad presente déficit en la cuenta corriente de su presupuesto, el faltante podrá financiarse con cargo a los rendimientos indicados anteriormente.

Parágrafo

De estos rendimientos se debe presentar a la Dirección General del Presupuesto un informe bimestral de ejecución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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